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Todo para los exámenes => Productos y Servicios => Mensaje iniciado por: chicainv en Septiembre 14, 2020, 11:38:16 am
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Si se trata de un envÃo con reembolso: la indemnización es igual que para la carta
certificada (30 euros) si la pérdida se produce antes de la entrega y, si el objeto ha sido
entregado, es igual al importe del giro.
No entiendo la parte que dice si el objeto ha sido entregado, es igual al importe del giro, ¿A que se refiere?
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Yo lo que entiendo es que si ya se le ha entregado el envÃo contrareembolso al destinatario sólo queda pagarle al remitente el importe del reembolso. Que no es que se pierda ese dinero, es que todavÃa no se lo han entregado al remitente y lo reclama para que se lo entreguen bien en domicilio o bien por ingreso en cuenta, según lo haya solicitado al admitir el envÃo