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Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: Cornamusa en Junio 18, 2019, 06:47:52 am
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Esta es una pregunta del examen del 21/10/2018:
Un cliente nos solicita una certificación de contenido de un Burofax Premium, 7 años después de haberlo enviado, y nos muestra el resguardo de imposición, ¿qué harÃamos?
A. ComprobarÃamos si contrató en el momento de la imposición el valor añadido de custodia 120 meses, y si es asÃ, efectuarÃamos una copia certificada a posteriori.
B. Le indicarÃamos que para el Burofax sólo existe la opción de certificación en el momento de imposición, no se puede pedir una certificación a posteriori.
C. Le dirÃamos que el plazo para solicitar una certificación a posteriori es de 6 meses y que ya ha vencido ese plazo.
D. Le indicarÃamos que tendrÃa que haber impuesto un Burofax Premium Online, ya que solo en ese caso podrÃamos atender la petición.
Supuestamente la repuesta correcta es la D. No sé yo si no estará mal redactada, ya que el Burofax Premium tiene de hecho certificación de contenido opcional, asà que incluso se podrÃa entender que el cliente sà la pidió en su momento, tal como está planteada. No lo tengo muy claro.
Por otra parte, para cualquier tipo de Burofax, la copia certificada se puede pedir en el momento o con posterioridad. Aunque aquà no sé cuando es el tiempo de ese retardo, pero dudo que cambie de un tipo a otro.
La única solución que se me ocurre es que la pregunta esté dando por hecho que el cliente no pidio esa certificación en un primer momento (pudinedo haberlo hecho), pero en ese caso tampoco tendrÃa sentido, porque no sólo el Burofax Online tiene certificación de contenido incluÃda en la tarifa: tanto el Premium Plus como el Básico Plus tienen exactamente la misma opción y en las mismas condiciones.
¿Qué os parece?
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Pero yo tengo que la respuesta correcta es la A.
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Pues tienes razón. Lo he comprobado. Menos mal ::)
Asà sà tiene sentido!
Gracias.
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