El estándar (con contrato) es renunciable a la hora de la firma.
El LCTTM (con contrato), es como el de terceros de los coches, para que te hagas una idea. Este se aplica en caso de renunciar al estándar, con una indemnización de 1/3 del IPREM.
El de Valor declarado (es a todo riesgo), se calcula un porcentaje del valor de la mercancÃa.