A mà me viene en el libro en la página 320 del Tema III lo siguiente:
Boleto premiado sin necesidad de autorización
Los premios de importe inferior a 2.000.-€ no requieren autorización de la ONCE.En este caso lo que se debe hacer es preguntar al cliente la modalidad en la que desea cobrarlo, con las siguientes limitaciones:
*Abono metálico: solo para cantidades iguales o inferiores a 1.000.-€
*Abono en cuenta: a elección del cliente para cantidades iguales o inferiores a 1.000.-€. Obligatorio para cantidades superiores a 1.000.-€