Hola a todos,
Me estoy planteando empezar la oposición de correos, y querÃa consultaros como funciona esta excedencia, pues es una de las cosas que más me llaman la atención, el poder tomar periodos largos de descanso.
Ya he leÃdo lo que dice el convenio(
ArtÃculo 65. Excedencia voluntaria por interés particular.
La excedencia voluntaria podrá ser solicitada por los trabajadores/as fijos con al menos un año de antigüedad al servicio de la empresa. Esta excedencia deberá tener una duración no inferior a cuatro meses.
No podrá concederse esta excedencia a solicitud del trabajador/a cuando estuviera incurso en un expediente disciplinario, durante la tramitación del mismo y en tanto no hubiera cumplido la sanción que, en su caso, le hubiera sido impuesta. )
Pero querÃa saber si realmente es tan sencillo solicitarla como dice ahÃ, si tu puedes elegir el tiempo que te vas (dentro de lo que te marca el convenio), si correos te dice cuanto tiempo puedes irte, o si en el momento de la incorporación te pueden poner problemas y estar esperando mucho tiempo a volver.
Según he leÃdo para la reincorporación, esta ha de ser mediante libre designación o concurso de traslados, me podéis decir que tan rápido funciona el concurso?
Muchas gracias.
