Esto es de la circular del año pasado.
Pero claro, cada carterÃa se adelanta y pone las fechas que le da la gana, con la excusa de las "necesidades" de servicio.
Se percibirá una gratificación de 102,84 euros, en concepto de mayor
productividad, por el conjunto de la Campaña de Navidad.
Por cada dÃa de inasistencia parcial o total al trabajo dentro de su jornada
habitual, en el perÃodo indicado, se descontará de la compensación señalada la cuantÃa de 12,69 euros en el caso del primer dÃa; que será de 19,03 euros en el
segundo y tercero, salvo por causa justificada de violencia de género, parto,
nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente
o enfermedad grave de un familiar prevista en la regulación interna de Correos
y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre.
El personal operativo, siempre que las necesidades del servicio lo permitan,
podrá disfrutar de hasta dos dÃas de permiso (asuntos particulares, asuntos
particulares por antigüedad o dÃas adicionales a las vacaciones) sin
penalización, a partir del 12 de diciembre tras garantizar, en cualquier caso,
una adecuada cobertura del servicio.
Fuera de estos supuestos se perderá el derecho a la percepción de la
compensación económica en el caso de que se produzca la inasistencia al
trabajo durante más de tres dÃas en el perÃodo señalado del 1 al 31 de
diciembre de 2021.