No, el que te abra la puerta, para recibir el sobre, tiene que presentarte la autorización por escrito que le haya hecho el destinatario, y su documento de identificación en vigor (DNI, pasaporte, Carnet de conducir...) , para que puedas comprobar que es la persona que pone en la autorización.
Corregidme si me equivoco...
El carnet de conducir NO es válido para recoger un giro, según tengo en mis apuntes.
Otra pregunta al respecto, como se hace el control de prevención de blanqueo de capitales en la PDA? Nunca se me ha dado el caso de tener que entregar un giro, de ahà todas mis dudas. Gracias por las aclaraciones.
La persona destinataria tiene que estar dada de alta en PBC. Si no, no se puede entregar a domicilio.