Autor Tema: dudas entrega domicilio  (Leído 5178 veces)

correos2020yo

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dudas entrega domicilio
« en: Abril 30, 2021, 02:57:42 pm »
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Hola,

tengo una dudas que igual son un poco tontas pero a ver si alguien me aclara por favor, se entienden autorizados aquellas personas que están en casa, no?

con EED esta claro que solo se puede entregar a la persona que figura como destinataria bajo presentación DNI, aunque hayan autorizados.
en cambio cualquier paquete lo puede recibir cualquier autorizado con firma y dni.

Con los giros a domicilio ¿lo podría recibir cualquier persona que este en la casa? ¿O haría falta una autorización expresa como cuando un autorizado recoge en oficina con el M4? ¿o bastaría con su firma y dni?

¿Con el burofax/telegrama que ocurriría? burofax a nombre de pepito que lo recoge su hijo mayor de 18 años ante la ausencia del primero firma y dni?

gracias!


Braulio

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #1 en: Abril 30, 2021, 04:32:18 pm »
Mayor de 18 no, mayor de 14 años con dni. Giro es como si fuera EED.

Kmy

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #2 en: Abril 30, 2021, 09:33:20 pm »
Giro: entrega al destinatario o autorizado (en el M-4, si es avisado, o con autorización genérica), mayor de 14 años, y con DNI.

Burofax y telegrama igual.

Los únicos productos que tengo que sea sólo entrega al destinatario, sin posibilidad de entrega a autorizados, son con valor añadido EED y Western union

SONIAMARGARITA

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #3 en: Abril 30, 2021, 11:19:43 pm »
Giro a autorizado mayor de edad,  osea, 18 años y con autorización. Destinatario mayor de 14 años y con Dni.

Kmy

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #4 en: Mayo 01, 2021, 10:27:08 am »
Pues según CGT y MAD, los autorizados, para todo tipo de envíos, son mayores de 14 años, con DOI (documento oficial de identidad: DNI, NIE,...).

SONIAMARGARITA

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #5 en: Mayo 01, 2021, 11:17:50 am »
Autorizados de giro solo 18 años o más, con autorización.

MIN

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #6 en: Mayo 01, 2021, 12:31:50 pm »
Autorizados de giro solo 18 años o más, con autorización.
A ver, yo lo que tengo entendido es que los giros NO se pueden autorizar. Sólo en el caso del destinatario ser mayor de 14 y menor de 18 años es cuando su representante legal (padres/madres por ejemplo) pueden recogerlo estando presentes tanto el menor como el representante y presentando el libro de familia (padres/madres) o documento notarial de que está tutorizado (si no son los padres/madres). Por lo tanto NO es una autorización sino que lo recoge su representante legal que si es mayor de 18 años. Y en el caso de que el giro vaya a nombre de una empresa (persona jurídica), será el representante legal de la empresa quien presentando las escrituras de la empresa y su dni podrá recoger el giro, pero tampoco es una autorización sino una representación. Esto que he escrito haciendo referencia a giro Nacional, porque si es western Unión, NUNCA, lo puede recoger ni un autorizado ni un representado. Si no es así como yo lo tengo entendido pues que alguien me corrija. Saludos

SONIAMARGARITA

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #7 en: Mayo 01, 2021, 01:18:25 pm »
Si, en el caso de giros a menores de 14 años.
En caso de giros a adultos sí se pueden autorizar,  y ese autorizado debe ser mayor de 18 años. Me refería solo a eso, quizá no me expresé bien.

MIN

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #8 en: Mayo 01, 2021, 03:17:33 pm »
Si, en el caso de giros a menores de 14 años.
En caso de giros a adultos sí se pueden autorizar,  y ese autorizado debe ser mayor de 18 años. Me refería solo a eso, quizá no me expresé bien.
Si, si explicar si que lo explicaste bien. Sólo que yo creo que los giros nacionales NO se pueden entregar a autorizados, sólo ha representantes en el caso de empresas y menores de entre 14 y 18 años. Un giro nacional se entrega al destinatario. Dónde has leído que un giro se puede entregar a un autorizado?

jorger

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #9 en: Mayo 01, 2021, 07:01:47 pm »
Sacado del temario de CGT:

"El giro puede enviarse por personas físicas o jurídicas, a través de la red postal pública, puede ir dirigido a personas físicas o jurídicas; puede cobrarse por el destinatario o por persona autorizada por escrito. Todos los giros nacionales se envían a través de procesos electrónicos. Gracias al control y confidencialidad del proceso, el giro es un servicio totalmente personalizado. Si el remitente o destinatario tuviese menos de 18 años, únicamente podrá enviar o recibir un giro si tiene más de 14 años y actuando necesariamente representado por sus padres, tutores o representantes legales"

panpan

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #10 en: Mayo 01, 2021, 08:27:24 pm »
-Buenas, copio y pego del Reglamento:

Artículo 53 Servicio de giro postal

1. El servicio de giro, cuya prestación se reserva, con carácter exclusivo, al operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal, es aquel mediante el cual se ordenan pagos a personas físicas o jurídicas por cuenta y encargo de otras, a través de la red postal pública.

Este servicio implica la entrega al destinatario o a la persona autorizada del importe económico en la dirección indicada, en su caso, admitiendo en su ejecución distintas calidades, en función de las formas de entrega.


-El proceso de entrega del sobre SEDI es solicitar al destinatario o persona autorizada, expresamente por escrito, y mayor de 18 años, que nos muestre un documento de identificación válido y original, para comprobar su identidad.

MIN

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #11 en: Mayo 01, 2021, 08:31:20 pm »
Sacado del temario de CGT:

"El giro puede enviarse por personas físicas o jurídicas, a través de la red postal pública, puede ir dirigido a personas físicas o jurídicas; puede cobrarse por el destinatario o por persona autorizada por escrito. Todos los giros nacionales se envían a través de procesos electrónicos. Gracias al control y confidencialidad del proceso, el giro es un servicio totalmente personalizado. Si el remitente o destinatario tuviese menos de 18 años, únicamente podrá enviar o recibir un giro si tiene más de 14 años y actuando necesariamente representado por sus padres, tutores o representantes legales"

Gracias Jorger por la respuesta. Pero la frase "el giro es un servicio totalmente personalizado" es lo que me hace dudar de que se pueda autorizar

MIN

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #12 en: Mayo 01, 2021, 08:44:06 pm »
-Buenas, copio y pego del Reglamento:

Artículo 53 Servicio de giro postal

1. El servicio de giro, cuya prestación se reserva, con carácter exclusivo, al operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal, es aquel mediante el cual se ordenan pagos a personas físicas o jurídicas por cuenta y encargo de otras, a través de la red postal pública.

Este servicio implica la entrega al destinatario o a la persona autorizada del importe económico en la dirección indicada, en su caso, admitiendo en su ejecución distintas calidades, en función de las formas de entrega.


-El proceso de entrega del sobre SEDI es solicitar al destinatario o persona autorizada, expresamente por escrito, y mayor de 18 años, que nos muestre un documento de identificación válido y original, para comprobar su identidad.
Gracias panpan por la respuesta. Pero eso quiere decir que si llevo el sobre sedi con el dinero y llego al domicilio y el destinatario no está, puedo entregarle el giro a quien me abra la puerta y me presente su dni siendo mayor de 18 años? No lo  veo claro. Porque en un giro inmediato en oficina, si el destinatario tiene el dni caducado no le dicen que haga una autorización a alguien que tenga el dni en vigor sino que le dicen que contacte con el remitente y que modifique el nombre del destinatario. Vaya lío me estoy haciendo.   

MIN

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #13 en: Mayo 01, 2021, 10:57:44 pm »
No, el que te abra la puerta, para recibir el sobre, tiene que presentarte la autorización por escrito que le haya hecho el destinatario, y su documento de identificación en vigor (DNI, pasaporte, Carnet de conducir...) , para que puedas comprobar que es la persona que pone en la autorización.

Corregidme si me equivoco...
El carnet de conducir NO es válido para recoger un giro, según tengo en mis apuntes.
Otra pregunta al respecto, como se hace el control de prevención de blanqueo de capitales en la PDA? Nunca se me ha dado el caso de tener que entregar un giro, de ahí todas mis dudas. Gracias por las aclaraciones.

panpan

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Re:dudas entrega domicilio
« Respuesta #14 en: Mayo 01, 2021, 11:08:12 pm »
Tienes razón. Solo DNI para personas de nacionalidad española, y para personas de otra nacionalidad permiso de residencia expedido por el ministerio del interior, tarjeta de asilo politico o pasaporte.

 

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