-Buenas, copio y pego del Reglamento:
ArtÃculo 53 Servicio de giro postal
1. El servicio de giro, cuya prestación se reserva, con carácter exclusivo, al operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal, es aquel mediante el cual se ordenan pagos a personas fÃsicas o jurÃdicas por cuenta y encargo de otras, a través de la red postal pública.
Este servicio implica la entrega al destinatario o a la persona autorizada del importe económico en la dirección indicada, en su caso, admitiendo en su ejecución distintas calidades, en función de las formas de entrega.
-El proceso de entrega del sobre SEDI es solicitar al destinatario o persona autorizada, expresamente por escrito, y mayor de 18 años, que nos muestre un documento de identificación válido y original, para comprobar su identidad.