Nueva duda, me van a volver loco. El temario de CGT pone que los datos del buzón de vacaciones no pueden modificarse, salvo que se haya producido un error de grabación en la formalización del contrato. Y en una respuesta de la app de tests me dicen que se puede siempre que el titular quiera. Les he impugnado la pregunta y todo, pero siguen en sus trece.
¿Cuál es la cierta?