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Todo para los exámenes => Información oficial => Mensaje iniciado por: ButterFace en Septiembre 22, 2020, 04:30:11 pm
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Buenas,
Adjunto archivo de la modificación de las bases. En la tabla se especifican todos los tÃtulos que valen y además se añade la puntuación de las lenguas oficiales.
Además se modifica la fecha hasta la que se cuentan los méritos y se aumenta la puntuación por dÃa trabajado siendo ahora de 0,00332.
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Esto quiere decir que si todavÃa no tienes el certificado de ingles, se amplia el plazo para sacártelo hasta el 30 de noviembre?
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Eso quiere decir, sÃ.
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Vamos... Qué éste año no hay exámen ¿no? ;D
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A ver si alguien me aclara porfa:
"c) En el resto de Comunidades/ Ciudades Autónomas no incluidas en el apartado anterior: Por conocimientos del idioma inglés en razón al nivel B1 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) conforme al Anexo IV, 6 puntos."
Esto quiere decir que en Madrid por ejemplo, se mantienen los 6 puntos de mérito por el B1 de inglés?
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A ver si alguien me aclara porfa:
"c) En el resto de Comunidades/ Ciudades Autónomas no incluidas en el apartado anterior: Por conocimientos del idioma inglés en razón al nivel B1 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) conforme al Anexo IV, 6 puntos."
Esto quiere decir que en Madrid por ejemplo, se mantienen los 6 puntos de mérito por el B1 de inglés?
Los candidatos que se presenten por las Comunidades que no aparecen en el listado, tal y como dicen las bases, tendrán para los puestos de Agente de clasificación y Reparto:
- 2 puntos por el A2.
Para ATC:
- 6 puntos por el B1.