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Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: blackmamma en Julio 05, 2021, 11:42:04 am
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Buenos dÃas, compañeros;
En el tema 11, según el RGPD que recoge el temario de CGT nos dice:
"Los datos personales de un niño se considerarán lÃcitos cuando tenga como mÃnimo 16 años"
Mientras que en el de UGT:
" En el caso de tratamiento de datos de menores, será lÃcito cuando sea mayor de 14 años"
¿SabrÃan decirme qué edad es la correcta?
Muchas gracias, como siempre.
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Yo tengo los apuntes de la UGT, pero dice:
"Aunque el RGPD establece en 16 años la edad en que los menores pueden prestar el
consentimiento por sà mismos, se permite una rebaja por los Estados miembros,
nunca por debajo de los 13 años. De esta forma, el lÃmite en España se ha dispuesto en
los 14 años. "
Y si miras en la LOPDGDD "artÃculo 7. Consentimiento de los menores de edad", verás que en España el consentimiento es a partir de los 14 años.
Entonces ya depende de lo que te pregunten, ya que a nivel Europeo es 16 años, pero en España 14.
Un saludo, espero haber resuelto tu duda. :-[
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Gracias, PabloGel
Espero que sean especÃficos si lo preguntan...
Un saludo!