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Para todo lo demás => Trabajando en Correos => Mensaje iniciado por: AlbertoConsultas en Julio 28, 2021, 05:44:30 pm
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Hola. Estoy planteándome una reducción de jornada por motivos personales y quisiera plantearos unas dudas que tengo y que no me aclara el convenio.
- ¿Se puede plantear una reducción de jornada por quincenas?. Ósea, una quincena seria horario completo y otra quincena horario reducido.
- ¿Cómo podrÃa calcular en cuanto se me quedarÃa el sueldo?. Imaginaros que me cojo una reducción de 1 hora, tendrÃa que calcular proporcionalmente esa reducción, pero no se a que complementos de los que tengo en nomina habrÃa que calcular esa reducción, porque entiendo que a otros no harÃa falta, pues entiendo que no importa que sea jornada completa o parcial.
Los complementos que tengo en nomina y de los que me gustarÃa que me informaseis de si deberÃa calcular la reducción o no son:
* SALARIO
* COMP. PUESTO TIPO
* COMPLEMENTO DE OCUPACION
* COMP. PRODUC Y ASISTENCIA
* INDEM. APORT DE VEHÃCULO
* SUP. APORT. DE LOCAL
gRACIAS POR CONTESTAR.
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Yo no puedo ayudarte, pero por si nadie más contestara, has preguntado en algún sindicato?
Quizás ellos sà te puedan informar
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No estoy sindicado. Pero un compañero preguntó y no le supieron contestar
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Yo empezarÃa por el principio: existe reducción de jornada por motivos personales?? yo dirÃa que eso que pretendes no existe, al menos en el dossier de permisos, licencias y reducciones de jornada de Conecta la opción de motivos personales no viene.
Cuando dice motivos personales supongo que será algunos de los recogidos en el Convenio, pero que no quiere plasmar por aquà por el foro ;D
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Existen reducciones de tiempo que no tienen reducción de sueldo, y reducciones que si la tienen, pero todas ellas están reguladas por el convenio colectivo y el estatuto de los trabajadores. Los complementos al sueldo se suele cobrar la parte proporcional.
Si lo que quieres es trabajar a media jornada, tendrias que hacerlo por concurso de traslados.
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Al poner motivos personales , me refiero a uno de los contemplados en convenio, y que no quiero especificar.
Lo que quiero saber es si me reduzco, por ejm una hora al dÃa u hora y media, cuanto puedo cobrar?. Por eso he puesto los complementos que tengo, para ver si alguno de este foro sabe cual de ellos puedo seguir cobrzndolo Ãntegro y cual puede verse afectado por la reducción?
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Releyendo el Convenio veo que SI existe excedencia por interés particular; no dice nada al respecto de algún tipo de requisito :P
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Releyendo el Convenio veo que SI existe excedencia por interés particular; no dice nada al respecto de algún tipo de requisito :P
Una cosa es la excedencia y otra la reducción de jornada, por supuesto que existe la excedencia por interés personal, hablo de memoria pero creo que esta limitado a 2 meses máximo sin perder el puesto y solo puedes solicitar 1 cada 2 o 3 años, pero vamos hablamos del caso de reducción de jornada por interés particular que eso no existe.
cierto cierto, me acordé del post pensando q era excedencia, totalmente cierto ;D