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Para todo lo demás => Trabajando en Correos => Mensaje iniciado por: k3k02k13 en Agosto 10, 2021, 11:39:50 am
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Hola.
Tengo una duda sobre la entrega de notificaciones en el horario de tarde. A ver si me puedo explicar:
El turno de tarde empieza a las 14:30. Ahora en las notificaciones que se informan como ausente en segundo intento no es necesario cubrir aviso y dejarlo en el buzón. Se automatizan y al dÃa siguiente es el cartero de la sección quien deja el aviso en el buzón.
El problema es cuando no se cumplen las condiciones del servicio. Si no le das a continuar y esperas a que cumpla el tiempo correspondiente, la hora que apuntas cuando llamas al domicilio no se va a correponder con la hora que le llegará en el aviso, puesto que el proceso es automático.
Lo que ocurre es que puede pasar que a la hora que le pone en el aviso, la persona sà que puede que estuviera en el domicilio, por lo que puede protestar (además con toda la razón)
Cuál es el procedimiento correcto?
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Quiero entender que te refieres a no poner un resultado en la PDA porque aún no hayan pasado las 3 horas y darle después...
Esto es trampear el procedimiento por lo que no serÃa valido, y el Jefe de Unidad o encargado deberÃa de embarriar las notis de tal forma que no sucediera esto. No sé si me explico, pero el aviso deberÃa reflejar la hora REAL que se hizo el intento pues como bien dices el cliente podrÃa quejarse, y las culpas y la reclamación irÃan finalmente para el ACR.
PD: De todas formas en el Aviso, supongo que acabarÃas poniendo la hora real del intento aunque en la PDA pusiera otra (no es valido en ningún caso) ;)
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Quiero entender que te refieres a no poner un resultado en la PDA porque aún no hayan pasado las 3 horas y darle después...
Esto es trampear el procedimiento por lo que no serÃa valido, y el Jefe de Unidad o encargado deberÃa de embarriar las notis de tal forma que no sucediera esto. No sé si me explico, pero el aviso deberÃa reflejar la hora REAL que se hizo el intento pues como bien dices el cliente podrÃa quejarse, y las culpas y la reclamación irÃan finalmente para el ACR.
PD: De todas formas en el Aviso, supongo que acabarÃas poniendo la hora real del intento aunque en la PDA pusiera otra (no es valido en ningún caso) ;)
Muchas gracias por la respuesta ¡¡¡
De todas formas, hay notificaciones que al darle por ausente salta un aviso de que no se cumplen las condiciones del servicio, pero te deja continuar. ¿Puede haber algún problema si le das a continuar? ¿PodrÃa haber alguna queja o reclamación?
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Para el cliente destinatario no lo confirmo con seguridad, pero si estoy seguro que podrÃa haber queja por parte del cliente que la manda, la administración, que es para la que no se cumple la normativa.
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Para el cliente destinatario no lo confirmo con seguridad, pero si estoy seguro que podrÃa haber queja por parte del cliente que la manda, la administración, que es para la que no se cumple la normativa.
MuchÃsimas gracias por responder de nuevo. Tomo nota.
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Recuerda también que los clientes pueden contratar que se use el modo RESTRICTIVO o INFORMATIVO en las notis, por lo que si usan el modo restrictivo la PDA no dejará liquidarlas en horarios fuera de lo estipulado ;)
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Recuerda también que los clientes pueden contratar que se use el modo RESTRICTIVO o INFORMATIVO en las notis, por lo que si usan el modo restrictivo la PDA no dejará liquidarlas en horarios fuera de lo estipulado ;)
Asà es. De hecho, hay algunas notis como las de la Agencia tributaria que no deja ni entregarla si no es el el tramo horario asignado.