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Para todo lo demás => Trabajando en Correos => Mensaje iniciado por: chicainv en Agosto 26, 2021, 07:30:54 pm
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Buenos dÃas sabéis cuanto dinero pagan por las horas complementarias cuando se tiene un contrato de 4 horas?
Antes decÃan que los contratos de 4 horas no podÃan hacer horas extraordinarias y ahora a veces le dicen a la gente que haga horas extras pero a la hora de firmar les ponÃa horas complementarias.
En la tabla salarial no veo las horas complementarias.
Creo que mucha gente se ve obligada a hacerlas aunque digan que sean pactadas además a veces les dicen de un dÃa para otro pero les hacen firmar con tres dÃas de antelación y sin fijar horas pactadas ni nada.
Por otro lado les han dicho que si hacen esas horas si por ejemplo un dia hacen tres horas complementarias al cobrar las horas no pueden hacer los 20 minutos de descanso que tiene una persona de jornada completa , sabéis si eso es cierto o si se tiene derecho? a ese descanso?
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Las horas complementarias, se pagan como horas normales, por que no se consideran horas extraordinarias.
Si tienes un contrato por ejemplo de 20 horas semanales, no te pueden bajar de esa cantidad, pero te la pueden aumentar hasta las 40 horas, sin horas extras.
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A los compañeros que conozco y han hecho 20 h les han dicho que solo pueden hacer seis horas a la semana.
Pero ahora entiendo porque ates decÃan a los de siete horas que hicieran módulos de 4 horas y ahora les dicen a los de cuatro horas que hagan 3 horas complementarias. Pero al hacer estas horas complementarias trabajan siete horas y no les dejan descansar para desayunar o merendar, sabéis si eso es legal que no tengas descanso? Yo tenÃa entendido que tenÃan 15 minutos.
Acabo de ver en el convenio de correos que :
2. Horas complementarias.–Se considerarán horas complementarias aquellas cuya
realización haya sido acordada como adición a las horas ordinarias pactadas en el
contrato a tiempo parcial. La realización de estas horas estará sujeta a las siguientes
reglas:
Sólo se puede formalizar este pacto en los contratos de duración indefinida. Se
informará periódicamente a la Comisión de Tiempo de Trabajo, sin perjuicio de lo
establecido en el Estatuto de los Trabajadores, de los pactos sobre horas complementarias
que se realicen.
El pacto permanecerá vigente durante el perÃodo de duración del contrato, pero la
empresa, en cualquier caso, estando vigente el pacto, podrá no hacer uso del mismo,
limitándose a no requerir del trabajador/a la realización de horas complementarias.
El número de horas complementarias no podrá exceder del 20% mensual de las horas
ordinarias de trabajo.
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Sabéis si es normal que te hagan firmar para hacer horas complementarias sin especificar que dÃas y que horas tendrás que hace? Lo digo porque lo están haciendo y en principio hacen firmar como que se lo han dicho con tres dÃas de antelación y aunque en el escrito ponga que se especifiquen las horas, les dicen que no hace falta.