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Todo para los exámenes => Productos y Servicios => Mensaje iniciado por: javivi en Abril 11, 2023, 10:58:19 am

Título: Buzón por ley postal
Publicado por: javivi en Abril 11, 2023, 10:58:19 am

  Buenos días, es obligatorio disponer de buzón en lugares como centros de salud, empresas u oficinas, es obligatorio colocar buzón para recibir el correo? Gracias.
Título: Re:Buzón por ley postal
Publicado por: Ramon88 en Abril 11, 2023, 05:22:17 pm
Si consideramos que el buzón (casilleros) en una edificación entra en la categoría de instalación apropiada para la entrega de envíos postales, parece que sí es obligatorio..

"artículo 3.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la edificación, establece la obligatoriedad de que los edificios se proyecten, construyan y mantengan de forma que se facilite el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo dispuesto en su normativa específica".

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-9414

Título: Re:Buzón por ley postal
Publicado por: javivi en Abril 12, 2023, 10:02:05 am
Buenos días Ramón, me refería a lugares como empresas y centros de salud no edificios sabes algo?
Título: Re:Buzón por ley postal
Publicado por: Ramon88 en Abril 12, 2023, 05:13:54 pm
Creo que el término "edificación" abarca no solo a viviendas.

Los centros de salud y empresas desarrollan su actividad en edificaciones.

Por tanto estarían incluidos en la ley.

Ojo, es mi interpretación..