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Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: Delialt en Diciembre 21, 2019, 09:13:21 pm
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Hola, después de darle vueltas no acaba de quedarme claro cómo va esto de las notificaciones en los apartados.
Por un lado leo que las administrativas tienen que seguir siendo llevadas a domicilio salvo requerimiento de reenvÃo. Luego, en otro tema te explican cómo liquidarlas cuando van a apartados. Por otro lado por los foros la gente dice que si van dirigidos a apartados, entiendo con dirección al número, no hay problema y en un test de la app la respuesta correcta a una pregunta es sÃ, las notificaciones pueden ir dirigidas a apartados sin ningún problema, descartando el apunte de las notificaciones administrativas, etc.
Bueno, espero haberme explicado.
Gracias!
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Yo lo entiendo asÃ:
- notificaciones que tienen dirección apartados.Pues igual que en un buzon domiciliario,solo que el destinatario no está.Haces lo mismo que te pide la Ley 39/2015 cuando no hay nadie en el domicilio.
-los clientes que tienen contratado el servicio de apartado pueden solicitar el reenvÃo de sus envios dirigidos al domicilio al apartado,pero en el caso de las notificaciones no es posible como norma salvo que haya una petición formal de reenvÃo