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Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: Betelgeuse en Enero 09, 2020, 07:27:16 pm
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Buenas, tengo una duda:
En algunos temarios me pone que no es necesario que las cartas destinadas a Andorra lleven ninguna documentación porque a efectos postales se considera de la provincia de Lleida.
En otros, me pone que es necesario que lleve la documentación CN23 por no ser destino nacional.
¿Alguien puede hacerme el enorme favor de decirme cuál de los dos es el correcto?
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Depende del contenido.Lo marca IRIS en la admisión. Si son documentos,no,pero si el contenido de la carta no son documentos deberán llevar el CN22 o el CN23 según proceda para envÃos entre particulares.
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Ok. Muchas gracias