Foro Correos
Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: Aitana972 en Enero 13, 2020, 11:14:17 am
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Hola
Tengo una duda acerca de los APARTADOS FD
Por cuánto tiempo se pueden contratar?
Anual o trimestral como los comunes o tienen gris periodos?
Gracias.
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De Tarifas 2020 PenÃnsula y Baleares. Periodo anual y trimestral.
APARTADOS FRANQUEO EN DESTINO
Suscripción anual Tarifa 2020 IVA PVP 2020
Por suscripción de cada apartado especial, para la recepción de envÃos a franquear en destino. El primer año. 101,65 21,35 123,00
Por la renovación de cada apartado 89,26 18,74 108,00
Suscripción trimestral Tarifa 2020 IVA PVP 2020
Por suscripción de cada apartado especial, para la recepción de envÃos a franquear en destino. 29,13 6,12 35,25
El contrato de suscripción (ojo que no se si es válido actualmente) con las condiciones:
http://193.148.158.214/contenido/08-AtencionCliente/0808-AnexoII_FranqueoDestino.pdf
"El servicio que se solicita se suscribe hasta el 31 de diciembre del año en curso, pudiendo renovarse por años naturales durante los 45 dÃas siguientes a su vencimiento. Si pasado dicho plazo no se ha procedido a la renovación abonando la tarifa correspondiente, la oficina de Correos y Telégrafos procederá a su cancelación"
Entiendo que solo son renovables los FD de suscripción anual. ¿Años naturales o fecha a fecha?
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Hola
Tengo una duda acerca de los APARTADOS FD
Por cuánto tiempo se pueden contratar?
Anual o trimestral como los comunes o tienen gris periodos?
Gracias.
Anual o trimestral, el mensual sólo para apartado 24/7
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Gracias!!!
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Entiendo que solo son renovables los FD de suscripción anual. ¿Años naturales o fecha a fecha?
Buenas Castiel, tengo esto por aquà que está vigente.
La vigencia del apartado es de fecha a fecha, es decir, en los anuales desaparece el año natural, igualmente ocurre con los trimestrales y mensuales.
EXCEPCIÓN.- La vigencia de los apartados anuales suscritos con anterioridad a 15/06/2015, la vigencia sigue siendo el año natural.
Anual o trimestral, el mensual sólo para apartado 24/7
Lsl, ¿pero el 24/7 también es anual o trimestral aparte de mensual verdad? Tengo esto:
Los formularios deben presentarse sin tachaduras ni enmiendas, si las lleva se debe indicar al cliente que rellene una nueva solicitud. En
este formulario se indicará la duración del apartado, anual o trimestral, cuando se trate de un apartado 24/7 también puede ser mensual.
Gracias.
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Buenas Spike Spiegel.
Según T11 CGT, el impreso de suscripción de apartado FD se encuentra publicado en Conecta: Información y gestión>>Procesos>>Procesos de Oficinas>>Operativos>>Apartados>>FORMULARIOS DE APARTADOS: Anexo II: Suscripción del Servicio de Apartado "Franqueo en Destino".
Pero no tengo acceso a Conecta y el pdf que he puesto no sé de que año es. Pone que "pudiendo renovarse por años naturales" y no me cuadraba con la renovación fecha a fecha a partir del 15/06/15.
De ahà mi duda. Por lo que dices entiendo que no hace distinción entre tipos de apartados y la renovación fecha a fecha es para los apartados Postales, los FD/CCRI y los 24/7 desde 15/06/15:
"Los apartado de duración anual admiten renovación; los de duración inferior al año no (trimestral o
mensual -para el apartado 24/7- ). IRIS informa de las fechas de renovación de los apartados
anuales:
• Para los apartados anuales contratados con anterioridad al 15 de junio de 2015, la fecha de
renovación seguirá correspondiendo con el año natural (desde el 16 de diciembre hasta el 30
de enero).
• Para los apartados contratados a partir del 15 de junio de 2015, la fecha de renovación será
la misma fecha de contratación + 1 año y podrá renovarse desde 15 dÃas antes a la fecha de
caducidad y hasta 30 dÃas después.!
El 24/7 efectivamente admite las tres suscripciones: anual, trimestral y mensual pero la renovación solo anual.
Gracias.
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Por lo que dices entiendo que no hace distinción entre tipos de apartados y la renovación fecha a fecha es para los apartados Postales, los FD/CCRI y los 24/7 desde 15/06/15:
Buenas Castiel. En efecto, en el documento que me pasaron no hacen diferencia de apartados, habla en términos generales para todos. Es decir, desaparece lo del año porque serÃa una tonterÃa para quien se hiciera un apartado el uno de noviembre de formato anual, pagarÃa lo de un año por un servicio de dos meses. No tiene sentido. De ahà que modificaran lo de fecha a fecha, si lo sacas en setiembre pues que te valga para setiembre del año siguiente.
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De nuevo, gracias crack