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Todo para los exámenes => Dudas, Test, Aclaraciónes... => Mensaje iniciado por: kitty en Mayo 31, 2020, 01:45:22 pm
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Hola, tengo una duda sobre la carta certificada. En el apartado GarantÃas pone: "Si se trata de un envÃo con reembolso: la indemnización es igual que para la carta certificada (30€) si la pérdida se produce antes de la entrega y, si el objeto ha sido entregado, es igual al importe del giro".
No entiendo lo último que dice. En el caso de que el objeto haya sido entregado ¿por qué Correos indemnizarÃa con el importe del giro?
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Si no me equivoco se refiere a que Correos hará efectivo el reembolso, es decir que te está garantizando que hará efectivo lo que has contratado. SÃ, está expresado de un modo raro pero es lo que dice.
Ejemplo: Si tú a una carta le pones un reembolso de x cantidad, para que el destinatario pueda recibirla, primeramente tiene que abonar dicha cantidad, que después Correos te reembolsará a ti, por eso dice que si la carta es entregada el valor es el del giro, porque te están pagando el reembolso que tú has puesto. No sé si me he explicado bien
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Totalmente aclarado. Muchas gracias!!