07. Nadie se hace cargo: cuando es rechazada por la persona que está en el domicilio
del interesado y no quiere firmar ni hacer constar su identidad, se tratará como
ausente. Si se repite la misma causa en el segundo intento, se tratará como en el caso
del Rehusado, pero sin necesidad de firma o identificación por parte del cliente.
DUDA:Cuando se trata como Ausente, se tiene que poner esta causa en la PDA al liquidarlo ?