• Si se trata de un reembolso:
- Si la pérdida se produce antes de la entrega del envÃo a su destinatario: misma
indemnización que para la carta certificada (30 euros).
- Si el envÃo ha sido ya entregado: el importe del giro.
esto es en Giros Postales - GarantÃas
Es que no entiendo si ya se ha entregado, cómo se puede decir que se ha extraviado?
Claro, tu piensa que un reembolso tiene dos entregas...uno al destinatario y otro el emisor con el importe del reembolso.
Ejemplo, imagina que mandas una carta certificada contra reembolso de 50 euros...,
si la carta se pierde, antes de cobrar el reembolso, te lo van a indeminzar como Carta Certificada (30 euros), pero si una vez entregada y cobrado los 50 euros al destinatario... el cartero pierde los 50 euros....pues tendran q indeminzarte con el dinero que el ha cobrado(que es el giro que te iban a mandar) es decir, se te indeminza con el importe del giro.
Espero haberme explicado
