Buenas,
Como ya sabemos, en la
Certificación de imposición Correos certifica la admisión de ese envÃo, y en la
Copia certificada Correos certifica tanto la imposición (admisión) del envÃo como el contenido de la comunicación.
Pues bien, dicho esto, podemos decir que la certificación de imposición (admisión) puede aplicarse a cualquier envÃo o servicio registrado, ya sean servicios postales, telegráficos o financieros (creo que para los servicios financieros se llama Certificación de imposición y pago); y la Copia certificada, al certificarse también su contenido, solo es aplicable a los servicios telegráficos (burofax, fax y telegrama).
No tengo en mis apuntes que la Certificación de imposición sea aplicable a la paqueterÃa, y menos la Certificación de contenido.
Corregidme si me equivoco
