Autor Tema: Autorización administrativa singular  (Leído 2965 veces)

Timelord

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Autorización administrativa singular
« en: Abril 23, 2023, 01:27:45 pm »
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Hola amig@s, en la ley 43 de 2010 pone que será la CNMC quién adjudique la autorización singular pero en la página 33 del libro de referencia abajo en el punto 5 pone que es Ministerio de transporte movilidad y agenda urbana.
Yo visto lo visto pienso que es la CNMC, me lo podéis corroborar?
Gracias

Amesanu

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #1 en: Abril 23, 2023, 04:41:04 pm »
Si miras la Ley en el BOE, dice claramente:

Artículo 44. Procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones administrativas singulares.
1. Los interesados en la prestación de un servicio postal para el que se precise autorización administrativa singular dirigirán sus solicitudes, con la documentación exigible, a la Comisión Nacional del Sector Postal.

¿Quién sustituyó en 2013 las funciones de la CNSP? Pues la CNMC.
Yo si me tengo que guiar por algo en este mar de contradicciones es de la fuente legal, la verdad.

Timelord

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #2 en: Abril 23, 2023, 04:49:55 pm »
Si miras la Ley en el BOE, dice claramente:

Artículo 44. Procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones administrativas singulares.
1. Los interesados en la prestación de un servicio postal para el que se precise autorización administrativa singular dirigirán sus solicitudes, con la documentación exigible, a la Comisión Nacional del Sector Postal.

¿Quién sustituyó en 2013 las funciones de la CNSP? Pues la CNMC.
Yo si me tengo que guiar por algo en este mar de contradicciones es de la fuente legal, la verdad.

Cierto Amesanu, la CNMC entonces, muchas gracias por responderme, eres muy amable.

Amesanu

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #3 en: Abril 23, 2023, 04:55:25 pm »

De nada! :)

Ramon88

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #4 en: Abril 23, 2023, 08:28:31 pm »
Pues en el temario CCOO, cuando el profe online tocó este tema de la "declaración responsable" y la "autorización administrativa singular", dijo que tacháramos la CNMC (original en los apuntes) y poner "Subdirección General de Régimen Postal, dependiente del Ministerio de Transportes (MITMA).

Y es por el RD 645/2020 que especifica que una de la funciones de tal Subdirección es "el sistema de autorizaciones,cobro de tasas postales y la gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales".


Amesanu

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #5 en: Abril 24, 2023, 10:43:47 am »
Pues en el temario CCOO, cuando el profe online tocó este tema de la "declaración responsable" y la "autorización administrativa singular", dijo que tacháramos la CNMC (original en los apuntes) y poner "Subdirección General de Régimen Postal, dependiente del Ministerio de Transportes (MITMA).

Y es por el RD 645/2020 que especifica que una de la funciones de tal Subdirección es "el sistema de autorizaciones,cobro de tasas postales y la gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales".

Yo no estoy en ningún sindicato, así que me tengo que guiar de la Ley Postal. Si es así como dices, pues habrá que memorizarlo. Desde luego, estamos apañados. Si saco una plaza será de milagro.  :-\
Muchas gracias por la corrección

Timelord

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #6 en: Abril 24, 2023, 11:28:06 am »
Pues en el temario CCOO, cuando el profe online tocó este tema de la "declaración responsable" y la "autorización administrativa singular", dijo que tacháramos la CNMC (original en los apuntes) y poner "Subdirección General de Régimen Postal, dependiente del Ministerio de Transportes (MITMA).

Y es por el RD 645/2020 que especifica que una de la funciones de tal Subdirección es "el sistema de autorizaciones,cobro de tasas postales y la gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales".

Qué es lo que pone en el jodido libro de referencia, me tocará preguntar, gracias compañero

bonzo

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #7 en: Abril 24, 2023, 05:19:29 pm »
Pues en el temario CCOO, cuando el profe online tocó este tema de la "declaración responsable" y la "autorización administrativa singular", dijo que tacháramos la CNMC (original en los apuntes) y poner "Subdirección General de Régimen Postal, dependiente del Ministerio de Transportes (MITMA).

Y es por el RD 645/2020 que especifica que una de la funciones de tal Subdirección es "el sistema de autorizaciones,cobro de tasas postales y la gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales".

En realidad el tachón es para la declaración responsable y para el Registro General de Empresas Prestadoras, pero para la autorización singular no aparece nada (la única mención en el temario CCOO para esta autorización es en el Ministerio de Transporte). ¿Seguro que te confirmó a la Subdirección para la autorización singular?

Ramon88

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #8 en: Abril 24, 2023, 06:46:31 pm »
Así lo he entendido, que es la Subdirección Postal la que corta el bacalao tanto en autorización administrativa singular como declaración responsable.

Además tendría lógica que ambos asuntos dependen del mismo ente y no de dos distintos siendo tan parejos.

Pero al 100% no estoy seguro, he de confesar :-\




bonzo

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #9 en: Abril 24, 2023, 06:54:59 pm »
Así lo he entendido, que es la Subdirección Postal la que corta el bacalao tanto en autorización administrativa singular como declaración responsable.

Además tendría lógica que ambos asuntos dependen del mismo ente y no de dos distintos siendo tan parejos.

Pero al 100% no estoy seguro, he de confesar :-\

Tendría sentido porque tampoco aclaran mucho. Quiero pensar que todo el tema del Registro, autorizaciones y declaraciones las lleva la Subdirección y las infracciones las lleva la Comisión de los Mercados.

blackmamma

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #10 en: Abril 24, 2023, 06:59:21 pm »
Según UGT:

Los interesados en la prestación de un servicio postal para el que se precise autorización administrativa singular dirigirán sus solicitudes, con la documentación exigible, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). A través de la sede electrónica de Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse estimada la solicitud. Contra la resolución que se dicte podrá interponerse recurso contencioso-administrativo. Todos los operadores que presten servicios postales en España tienen que estar inscritos en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales

bonzo

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #11 en: Abril 24, 2023, 09:12:17 pm »
Según UGT:

Los interesados en la prestación de un servicio postal para el que se precise autorización administrativa singular dirigirán sus solicitudes, con la documentación exigible, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). A través de la sede electrónica de Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse estimada la solicitud. Contra la resolución que se dicte podrá interponerse recurso contencioso-administrativo. Todos los operadores que presten servicios postales en España tienen que estar inscritos en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales

No tengo el manual de UGT para mirarlo, ¿te pone lo mismo para la declaración responsable?

blackmamma

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #12 en: Abril 25, 2023, 09:39:20 am »
Según UGT:

Los interesados en la prestación de un servicio postal para el que se precise autorización administrativa singular dirigirán sus solicitudes, con la documentación exigible, a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). A través de la sede electrónica de Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse estimada la solicitud. Contra la resolución que se dicte podrá interponerse recurso contencioso-administrativo. Todos los operadores que presten servicios postales en España tienen que estar inscritos en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales

El texto sigue así hasta el final del apartado:
Todos los operadores que presten servicios postales en España tienen que estar inscritos en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales; dicho registro tiene dos
secciones:
a. Donde se inscribirán las empresas que presten servicios no incluidos en el ámbito del SPU y para la que solo necesitarán una declaración responsable.
B. Donde se inscribirán las empresas que quieran prestar servicios que formen parte del SPU y que necesitan disponer de autorización administrativa singular, además de una declaración
responsable.
Se garantiza Por Ley que los operadores con autorización administrativa singular y exclusivamente para los servicios que formen parte del SPU, puedan acceder a la Red Postal y
a otras infraestructuras de acuerdo con los principios de transparencia, proporcionalidad y no discriminación con contrato previo firmado con el operador designado.

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bonzo

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #13 en: Abril 25, 2023, 10:13:21 am »
Ok, muchas gracias por echarle un ojo!! Supongo que tendremos que quedarnos con Subdirección para declaración y autorización... o, tirar por la calle de en medio y poner Comisión Nacional del Sector Postal porque es lo que pone textual en la ley.

Amesanu

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Re:Autorización administrativa singular
« Respuesta #14 en: Abril 25, 2023, 10:16:59 am »
Bueno, efectivamente si entramos en la descripción del procedimiento de la página del Ministerio de Transportes y blablabla,tenemos que atenernos a lo que indica,que es:

Los interesados en prestar este tipo de servicios deben cumplimentar y remitir a la Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la solicitud.
La Subdirección General de Régimen Postal tramitará las solicitudes de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Transcurrido el plazo de tres meses sin que hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse estimada la solicitud.

Contra la resolución que se dicte podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría General Técnica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Una vez otorgada la autorización administrativa singular la Subdirección General de Régimen postal inscribirá, de oficio, en el Registro General de empresas prestadoras de servicios postales (Sección B) la situación administrativa y los datos relativos al prestador de servicios postales, remitiendo a éste la correspondiente certificación registral.

https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/OFICINAS_SECTORIALES/REGIMEN_POSTAL/AUTORIZACION_PRESTACION_SERV_POSTALES/

Creo que aquí ya se acaban las dudas,no?
« Última modificación: Abril 25, 2023, 10:19:22 am por Amesanu »

 

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