Lo que tengo entendido es:
Giro: mayor de 14 años con representación de sus padres, tutores... hasta los 18.
western union : Mayor de 18 años
espero no equivocarme
Solo quedaria el caso de un menor emancipado, que podrÃa recogerlo presentando la escritura de emancipacion
Es lo que comenta el compañero Lsl, hay tres posiblidades:
- mayor de 14 con representación legal, ya que por ley no puede hacer transacciones económicas
- mayor de 16 emancipado haciendo constar tal situación
- mayor de 18 años, cualquiera.
Emancipados según el Código Civil es necesario un "registro".
ArtÃculo 317
Para que tenga lugar la emancipación por concesión de quienes ejerzan la patria potestad se requiere que el menor tenga dieciséis años cumplidos y que la consienta. Esta emancipación se otorgará por escritura pública o por comparecencia ante el Juez encargado del Registro.