Quiere decir que cuando termines el perÃodo contratado y liquidado lo que haya, se te devuelve la fianza. Si cancelas antes de finalizar el perÃodo contratado no se devuelve fianza. En la liquidación puede ser que se te coja dinero de la fianza si, al hacer el cálculo anual de los envÃos, has superado en más de un 50 por ciento de forma permanente durante todo el año la previsión de envÃos mensuales. Por eso la liquidación, igual debes perritas. CCRI y FD entran en esa situación que he comentado.