Hola!
Alguien me podría explicar cómo es el proceso de reincorporación de una excedencia?
Me he leído lo que dice el convenio (y el estatuto) pero es bastante escueto al respecto:
El reingreso en el puesto de trabajo deberá ser solicitado dentro del mes anterior a la finalización de la excedencia, salvo que expresamente se disponga otra cosa. Para aquellas situaciones no previstas respecto a las excedencias reguladas en el presente artículo (y siguientes) se estará a lo dispuesto en el art. 46 del Estatuto de los Trabajadores.
El trabajador/a excedente voluntario por interés particular o por prestación de servicios en el sector público tendrá derecho al reingreso en un puesto de trabajo de su mismo Grupo Profesional. El reingreso deberá producirse mediante su participación en el Concurso de Traslados cuando pertenezca a los Grupos Profesionales de Personal Operativo y de Servicios Generales.
Esto quiere decir que me podría apuntar al concurso aunque este estuviese ya iniciado?
Por otra parte, se ha de agotar el periodo solicitado para la excedencia o se puede realizar antes la reincorporación?
Ejemplo práctico: si pido ahora mismo una excedencia de 2 años, y se abre un nuevo concurso de traslados en octubre (por decir algo), podría incorporarme, si así lo pido, en Diciembre? Tendría que esperar a que pasasen esos 2 años hasta que me incluyesen en ese concurso? O pasados los dos años tendría que esperar a que abriesen un nuevo concurso?
Y una última cosa: se pueden hacer los cursos puntuables para el concurso de traslados estando en situación de excedencia? Por que si no fuese así las personas en excedencia estarían en clara desventaja.
Si alguien me puede guiar se lo agradecería!