Autor Tema: Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal  (Leído 8718 veces)

josesereno

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Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« en: Enero 15, 2020, 06:55:18 pm »
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Os adjunto un pequeño esquema del Apartado Postal, Buzón de Vacaciones y Reenvío Postal. Se admiten sugerencia a añadir o modificar. Saludos.

Helex

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #1 en: Enero 15, 2020, 08:36:43 pm »
Gracias
Sabemos si hay diferencia en apartados fd, ccri y 24/7 es decir
Los fd se renuevan trimestral y anual, los 24/7 mensual, trimestral y anual
Y los ccri? Tengo entendido que solo anual
Teneis  algún dato?

Castiel

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #2 en: Enero 15, 2020, 08:41:57 pm »
Esto es de otro hilo (Apartado FD):

La renovación fecha a fecha es para los apartados Postales, los FD/CCRI y los 24/7 desde 15/06/15:
"Los apartado de duración anual admiten renovación; los de duración inferior al año no (trimestral o
mensual -para el apartado 24/7- ). IRIS informa de las fechas de renovación de los apartados
anuales:
• Para los apartados anuales contratados con anterioridad al 15 de junio de 2015, la fecha de
renovación seguirá correspondiendo con el año natural (desde el 16 de diciembre hasta el 30
de enero).
• Para los apartados contratados a partir del 15 de junio de 2015, la fecha de renovación será
la misma fecha de contratación + 1 año y podrá renovarse desde 15 días antes a la fecha de
caducidad y hasta 30 días después.!

El 24/7 admite las tres suscripciones: anual, trimestral y mensual pero la renovación solo anual.

Marlin

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #3 en: Enero 15, 2020, 10:46:47 pm »
Muy buen resumen y mejor explicación, gracias por el tiempo que le dedican a y que lo compráis con todos nosotros.

josesereno

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #4 en: Enero 16, 2020, 09:16:35 am »
Hay un error, dónde pone los titulares del apartado postal, al final que los apartados FD no admitirán envíos. Falta la palabra registrados, no admitirán envíos registrados. Lo vuelvo a subir con la modificación.

Spike Spiegel

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #5 en: Enero 16, 2020, 01:24:51 pm »
Hay un error, dónde pone los titulares del apartado postal, al final que los apartados FD no admitirán envíos. Falta la palabra registrados, no admitirán envíos registrados. Lo vuelvo a subir con la modificación.

Te detallo algunas cosas para complementar.

Apartados
   |
   |___ Especiales (permanentes)
   |
   |___ Postal ( 3 meses ; 1 año )
   |
   |___ 24 / 7 ( 1 mes; 3 meses ; 1 año )
   |
   |___ FD ( 3 meses ; 1 año )
   |
   |___ CCRI ( 3 meses ; 1 año )


· Detalles ~

Apartados Especiales
   |
   |___ Apartado 000 000 Cartas Urgentes Ordinarias Recibidas
   |
   |___ Apartado 065 000 Instituto Seguridad Social
   |
   |___ Apartado 200 000 Instituto Social de la Marina

Los Apartados 24/7 - medidas buzones
   |
   |___ Talla S: 39 x 60 x 8'5
   |
   |___ Talla M: 39 x 60 x 17
   |
   |___ Talla L: 39 x 60 x 34
   |
   |___ Talla XL: 39 x 60 x 51

- Apartados mensuales o trimestrales no admiten renovación

- Para dar de alta un apartado se requiere 18 años o menor emancipado

- Los apartados FD no admiten registrados (ya indicado) pero si llegaran por equivocación (mal admitidos por Correos) el Destinatario tiene la libertad de aceptarlos o no, si los acepta se liquidan como cualquier otro envío registrado si lo rechaza se hará como rehusado.

- Los apartados FD se cobrará aparte del servicio de FD un suplemento que será del 40 % sobre la cantidad de los envíos (volumen de envíos) que crea o estime el titular del apartado va a generar, si se equivocara en más de un 50 % se revisará y se ajustará el servicio.

- Los apartados CCRI admiten envíos hasta 50 gr pero hay dos países que tienen un convenio con Correos que le permiten envíos hasta 2 kg, estos países son Croacia y Portugal.

- Los apartados dados de alta antes del 15 de junio del 2015 se renuevan a año vencido (el 31 de diciembre)

- Los apartados dados de alta después del 15 de junio del 2015 se renuevan fecha a fecha (después de 1 año de fecha a fecha)


Después si veo algo más lo indico, muchas gracias josesereno.
« Última modificación: Enero 16, 2020, 01:26:38 pm por Spike Spiegel »
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josesereno

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #6 en: Enero 17, 2020, 11:05:00 am »
Gracias a ti por toda la aportación hecha al respecto.  ;)

Spike Spiegel

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Re:Apartado Postal - Buzón de Vacaciones - Reenvío Postal
« Respuesta #7 en: Enero 17, 2020, 05:30:43 pm »
Gracias a ti por toda la aportación hecha al respecto.  ;)

Apartados.

Puedes añadir una línea más.

- Modo de pago de apartados: metálico, tarjeta (débito o crédito), tarjeta cliente o en diferido, esta última creo que solo por contrato.

Buzón de Vacaciones.

- Cuando indicas que se puede anular creo que solo se puede el mismo día que se ha realizado la suscripción, una vez se cierran los ordenadores (el balance de cierre de oficina) no se puede anular y devolver el dinero. Hablo para devolver el dinero, no de que no se pueda anular posteriormente como muy bien detallas.

- Cuando son empresas solo se permite una empresa por suscripción en comparación con las personas físicas que son 6 titulares como máximo, y se graba el representante de la misma.

- El pazo de solicitud va entre un día antes y 2 meses (para pedir por adelantado me refiero, esa es la horquilla de petición)

- Cuando finaliza el plazo del contrato del buzón de vacaciones sabemos que puede ser la entrega en oficina o a domicilio, si es en este último los sobres donde se entregan la documentación o si no son sobre el recipiente que sea van identificados con un código de envío (como los envíos registrados), este código de envío empieza con las letras BV (Buzón Vacaciones)

Reenvío Postal.

- El servicio puede empezar a realizarse como mínimo un día "hábil" después de la contratación,  el mismo día NO.

- El servicio se puede contratar con un margen anterior a un 1 mes

- Cuando se contrata este servicio, en las unidades de reparto y concretamente en la sección a la que pertenece la dirección de la persona que adquirió el servicio se entregará dos dispositivos que harán constar al cartero de que en esa dirección hay un contrato de Reenvío Postal.

Estos son:
- Un testigo de control (adhesivo / pegatina) de unos 15 mm de diámetro
- Un testigo de embarriado (una cartulina naranja chillona)





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